La tramitación de la nueva Ley de Tráfico ha llegado a su fin tras muchos meses de debate, enmiendas y propuestas. Se acaba de aprobar en el Congreso de manera definitiva y todos los cambios entrarán en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es decir, en el mes de marzo. La nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial endurece algunos apartados del carnet por puntos, entre otras normas.
¿Cuáles son las novedades?
El Congreso da luz verde a la nueva ley de tráfico que entrará en vigor en tres meses tras su publicación en el BOE.
Cambios en el carnet por puntos
TELÉFONO MÓVIL: Se quitarán 6 puntos en lugar de los 3 actuales por utilizar o sujetar con la mano dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. La sanción económica se mantiene en 200 euros. El objetivo es reducir las distracciones, un factor que se ha convertido en la primera causa de siniestros mortales (31%) desde el año 2016.
CINTURÓN DE SEGURIDAD, SILLITAS INFANTILES (SRI) y otros elementos de protección obligatorios, como el casco: Aumenta de 3 a 4 los puntos a retraer por no hacer uso, pero, además, se añade, el no usarlos de manera adecuada. La sanción económica se mantiene sin cambios en 200 euros. Hay que tener presente que uno de cada cuatro fallecidos no llevaba puesto el cinturón de seguridad.
CICLISTAS Y CICLOMOTORES: La nueva Ley de Tráfico quiere proteger más a los ciclistas y cuando entre en vigor será obligatorio cambiar de carril al adelantar a ciclistas o ciclomotores cuando se circule por vías con más de un carril por sentido. También aumenta de 4 a 6 los puntos que se quitarán al conductor que adelante poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros. La multa seguirá siendo de 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en un carril bici o en vías ciclistas.
ARROJAR OBJETOS A LA VÍA: Se quitarán 6 puntos en lugar de 4 cuando se arroje algún objeto a la vía o a sus inmediaciones que pueda provocar algún siniestro o incendio.
Se endurece el castigo por no usar o usar mal el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil o el casco de protección.
RECUPERAR PUNTOS: Se unifica en dos años el período que debe pasar sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos. Hasta ahora ese plazo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.
CURSOS DE CONDUCCIÓN SEGURA: Se incentiva la formación adicional porque con la nueva ley se concederán dos puntos al conductor que realice un curso de conducción segura y eficiente. Los requisitos de estos cursos y el procedimiento se regularán en una orden Ministerial.
MENORES DE 16 AÑOS, ALCOHOL Y DROGAS: La tasa de alcohol en sangre o en aire espirado será cero para los conductores menores de edad de cualquier tipo de vehículo (ciclomotores, micro coches -permiso AM-, motos hasta 125 cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal, donde se incluyen los patinetes). De igual manera, no podrán circular con presencia de drogas en el organismo.
ALCOHOLÍMETRO ANTIARRANQUE: Será obligatorio para los vehículos de transporte de viajeros por carretera que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022. La ley obliga a llevar instalado una interface para que se pueda instalar con posterioridad un dispositivo Alcoholock. A partir de dicha fecha los nuevos coches homologados tendrán que incluir diez sistemas de ayuda a la conducción.
ADELANTAMIENTOS: Como ya os adelantamos hace unos días finalmente se prohíbe a turismos y motocicletas rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en carreteras convencionales cuando se realiza un adelantamiento. “Esta supresión va en consonancia con el principio de sistema seguro, de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos en vías convencionales es uno de ellos”. Para el RACE, esta medida «supone triplicar el tiempo para hacer la maniobra, y más del doble de distancia que recorrer en el carril de sentido contrario». Desde la Fundación para la Seguridad Vial (Fes vial) añaden que “está medida debe acompañarse de un cambio en la señalización horizontal y vertical de las carreteras convencionales, ya que estas se pusieron cuando se podía circular a 100 y rebasar 20 km para adelantar».
DETECTORES E INHIBIDORES: Se incluye la prohibición expresa de los detectores e inhibidores de los radares, distinguiendo claramente de los avisadores. Llevarlos en el vehículo supondrá una sanción de 500 euros y la pérdida de 3 puntos.
La Ley de Tráfico elimina el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales.
Más novedades de la ley de tráfico
La nueva Ley de Tráfico que se acaba de aprobar en el Congreso incorpora otras muchas novedades que habrá que tener en cuenta a partir del próximo mes de marzo cuando entre en vigor:
Se establece como infracción grave, con multa de 200 euros, el no respetar las restricciones de circulación cuando se apliquen protocolos ante episodios de contaminación y zonas de bajas emisiones (las ZBE serán obligatorios en municipios con más de 50.000 habitantes a partir de 2023).
También se va a castigar el copiar en los exámenes para obtener el carné de conducir. Tendrá una multa de 500 euros si se utilizan intercomunicadores no autorizados reglamentariamente en las pruebas de obtención o recuperación del permiso o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir, igualmente se castigará a quien colabore o ayude en el uso de dichos dispositivos.
Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.
Para los motoristas se aprueba uno de sus reclamos y es que podrán utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección siempre que se utilice para comunicarse o en la navegación y que no afecte a la seguridad en la conducción.
Finalmente destacar que por primera vez se en la legislación española se hace referencia al vehículo automatizado o autónomo, en varios artículos de la Ley de Tráfico.